abril 26, 2021

Subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura.

1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales.
2. Mejora de la Calidad de los Balnearios.
3. Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación.
4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros.
5. Mejora de la Calidad de la Restauración.
6. Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.

Beneficiarios: 
Tendrán la condición de beneficiarias las empresas turísticas relacionadas a continuación, siempre que se encuentren ejerciendo la actividad turística objeto de subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura y hayan presentado declaración responsable de inicio de actividad ante la administración turística, con al menos doce meses de antelación a la presentación de la solicitud de subvención.
Los café-bares y otros establecimientos de ocio deberán haber presentado dicha declaración responsable con al menos ocho años de antelación a la presentación de la solicitud de subvención:
a) Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales:
1. Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
2. Hoteles rurales.
b) Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación:
1. Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y organizadores profesionales de congresos.
2. Empresas de actividades turísticas alternativas.
c) Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros:
1. Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario,
hostales y pensiones.
2. Alojamientos turísticos Extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
d) Mejora de la Calidad de la Restauración:
1. Restaurantes.
2. Cafeterías.
3. Café-bares y otros establecimientos de ocio.
4. Catering.
5. Salones de banquetes.
e) Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: balnearios y las empresas turísticas señaladas en los apartados a), b), c) y d) anteriores.

1.2. Balnearios ubicados en Extremadura:
a) Mejora de la calidad de los balnearios: Balnearios.
 

Las empresas a las que se refiere el apartado anterior deberán adoptar alguna de las siguientes formas: personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de estas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención.

Modalidad:

Ayuda directa

Alcance de la ayuda:

El importe mínimo de las actuaciones subvencionables será:
a) Línea de Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales: 3.000 euros, IVA excluido.
b) Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios: 5.000 euros, IVA excluido.
c) Línea de Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación: 3.000 euros, IVA excluido.
d) Línea de Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros: 5.000 euros, IVA excluido.
e) Línea de Mejora de la Calidad de la Restauración: 5.000 euros, IVA excluido, excepto para otros establecimientos de ocio que será de 7.500 euros, IVA excluido.
f) Línea de Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: 3.000 euros, IVA excluido.

La cuantía de la subvención será del 50 % (IVA excluido) de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 70.000 euros.

Órgano gestor

Dirección General de Turismo
Avda. de las Comunidades, s/n. Mérida Teléfono: 924332460 Correo: gturismo.ei@juntaex.es
http://www.juntaex.es/con02/director-general-de-turismo

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